B. Szmukler
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PRESENTE Y FUTURO DEL MOVIMIENTO DE DERECHOS HUMANOS

Beinusz Szmukler *

Probablemente uno de los resultados más significativos de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, celebrada en Viena, Austria, en junio de 1993, sea el haber servido de barómetro respecto a la situación del movimiento de Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) que luchan por los derechos humanos. Puede afirmarse, con sólido fundamento, que se han producido en su seno, cambios cualitativos de gran importancia. La mayoría de los ONGs (más de 1500 a nivel mundial) que participaron en el Foro previo a la Conferencia, revelaron estar superando su característica de organismos de denuncia o de nivel académico, al abordar cada vez con mayor énfasis el análisis de las causas profundas que generan las violaciones, y disponerse a luchar por enfrentarlas junto al movimiento obrero y popular. Este enfoque, como veremos más adelante, ha sido especialmente visible en Latinoamérica y el Caribe. 

LA CONFERENCIA MUNDIAL DE DERECHOS HUMANOS (CMDH)

Previamente permítasenos una breve referencia al proceso de gestación de la CMDH. Como es sabido el tema de los derechos humanos fue durante mucho tiempo un instrumento de los EE.UU. y sus aliados en la confrontación con el campo socialista. Al desaparecer el adversario se esfumó el interés, o buena parte de él. A lo sumo los derechos humanos son, en la óptica de esos países un problema del Tercer Mundo, al que hay que enseñarle los modos de comportamiento adecuados, de acuerdo a los patrones de los países «civilizados». Por ello «una pequeña pero significante minoría de gobiernos que estaba en contra de la conferencia desde el principio, hizo todos los esfuerzos para bloquear el proceso preparatorio, excluir a las ONGs y prevenir recomendaciones progresistas y reformas estructurales». (1).

Especialmente EE.UU. se oponía a la inclusión en el temario del derecho de autodeterminación de los pueblos, los derechos económicos, sociales y culturales, y el derecho al desarrollo. Las razones parecen obvias, ya que para la concepción de los EE.UU.. sólo tienen cabida los derechos civiles y políticos, mientras que los económicos, sociales y culturales, a lo sumo serían una expresión de los primeros. Conviene tener presente también, la diferencia de actitudes de la Comunidad Europea, que brindó un apoyo económico sustancial  para la participación de la ONGs del Sur en el Foro y la CMDH, y la de EE.UU. que negó todo aporte.

Esto explica las demoras en la realización de las Reuniones Regionales Preparatorias, y su sucesiva postergación, las dificultades para acordar el reglamento y el temario, aprobados con fórceps poco días antes del inicio de la Conferencia, y la elaboración de un proyecto de declaración final, la que por las características del evento, debe aprobarse por consenso entre los gobiernos, en cuyo 80 % no había acuerdo, haciendo presagiar un fracaso total. 

EL PROCESO PREPARATORIO DE LATINOAMÉRICA y EL CARIBE 

Un capítulo especialmente importante es el proceso preparatorio de Latinoamérica y el Caribe hacia la Conferencia. En enero se realizaron, simultáneamente en San José de Costa Rica, la Conferencia Regional de Estados, y la «reunión satélite» de ONGs de la región. La primera produjo una declaración final, pro consenso, si bien un poco lavada, conteniendo formalmente la reivindicación de los derechos fundamentales de los pueblos. La de ONGs, deficientemente organizada, desde instancias al margen de éstas, sólo alcanzó a producir resoluciones de los grupos de trabajo, parciales, a veces repetitivos, pero sí estableció mecanismos de coordinación a través de la creación de una Coordinadora Regional y el objetivo, para ésta, de realizar una nueva reunión previa a la Conferencia, en Quito.

Remarcamos la creación de una Coordinadora Regional, electa por las propias ONGs e integrada por las que se consideraron más representativas, pues los hechos posteriores demostraron que fue el principal logro de la Reunión Satélite.

En efecto, la Coordinadora se reunió en Abril, y sobre la base de un anteproyecto de la Asociación Americana de Juristas, aprobó un proyecto de declaración, que fue girado a todas las organizaciones de la región, y discutida en muchas de ellas ampliamente. Ello permitió en la Reunión Regional celebrada a fin de mayo, con la participación, casi íntegramente por consenso, de la «Declaración de Quito». Este documento, luego suscrito por otras organizaciones, que totalizan alrededor de 200, es quizás la mejor expresión del cambio cualitativo que señalamos al principio. En la última parte de esta nota, señalaremos algunos de sus contenidos sustanciales.        

EL FORO 

El Joint Planning Committee (JPC), integrado por un conjunto de ONGs Internacionales de Europa y EE.UU.., auto designadas, yel Instituto Boltzman para los Derechos Humanos (BIM), avalado por el gobierno austriaco, asumió la organización del Foro de ONGs, incluyendo el manejo de las subvenciones para la participación de las ONGs y la provisión de las facilidades para las actividades de éstas, paralelas a la CMDH. Su labor estuvo destinada a evitar la auténtica expresión de las inquietudes y opiniones de los luchadores por los derechos humanos, y tratar de lograr un Foro mediatizado cuyas conclusiones fueran un acompañamiento a las posiciones más conservadores y complacientes con el nuevo orden internacional hegemonizado por los EE.UU. Además querían transformarse en el único interlocutor ante las estructuras de la ONU y los gobiernos. Sin embargo sus propósitos fueron desbaratados por el impulso del grupo latinoamericano y caribeño, que actuó organizadamente desde la Reunión de Quito. A su llegada a Viena, las reuniones plenarias cotidianas, convocadas por la Coordinadora, permitieron la socialización de los problemas, ampliaron el espacio de debate, y facilitaron la aplicación de los acuerdos. El contacto inmediato con los asiáticos y africanos demostró la afinidad en las cuestiones sustanciales y permitió la coordinación de esfuerzos para obtener las modificaciones al Reglamento que democratizaron en definitiva el funcionamiento del Foro. Hizo posible además: 

1) Enfrentar las maniobras posteriores del JPC, 2) provocar su disolución y sustitución por un Comité de Enlace, el cual aunque conformado, con criterio discutible, por representantes de ONGs en función temática, de representatividad, y de las diversas regiones, en el que tienen peso excesivo ONGs de línea conservadora, sensibles a los criterios europeos iguala o supera a las de América Latina, el Caribe, Asia y África, puede ser elemento positivo para las luchas futuras del movimiento de derechos humanos 3) alcanzar una declaración final que recoge lo fundamental de la «Declaración de Quito».        

Otro hecho revelador del cambio operado en el movimiento de derechos humanos fue 10 que podríamos denominar el «episodio Carter, que relataremos sintéticamente. 

El programa elaborado y distribuido en inglés en la inauguración por el JPC, establecía que el ex-Presidente de los EE.UU. Jimmy Carter sería el orador principal en la clausura del Foro. El intento de transformar a un ex-Presidente del país que es el mayor responsable de las violaciones de los derechos humanos a escala planetaria. en el símbolo de las organizaciones que luchan por su vigencia. provocó una inmediata reacción en el grupo latinoamericano y caribeño. El grupo propuso que el orador del acto de clausura fuera el Premio Nobel, y activo luchador Adolfo Pérez Esquivel, recogiendo en pocas horas más de 200 adhesiones firmadas. Las gestiones ante el JPC y el propio Carter para evitar un incidente, resultaron infructuosas. El acuerdo de último momento con el JPC, para que desde la presidencia del plenario se otorgara la palabra a un representante latinoamericano que explicara la posición e invitara a retirarse pacíficamente de la sala a quienes no estaban de acuerdo con la clausura a cargo de Carter, fue incumplida. Finalmente Carter entró al estrado y pretendió hacer su discurso. La reacción generalizada y espontánea especialmente de los africanos y asiáticos que no habían participado de las gestiones, de la Sala colmada con más de 2000 participantes, impidió que una escasa minoría interesada pudiera escucharlo. Como dijo una dirigente de una importante organización latinoamericana: «de los discursos y las resoluciones de la Conferencia los participantes podrán olvidarse. De este hecho, nunca». Agreguemos que, desmintiendo los temores de algunos que pensaban en una reacción de los gobiernos y de la estructuras de la ONU restrictiva de la participación de las ONGs en la Conferencia. se produjo 10 contrario. Aumentaron las posibilidades y los espacios para la expresión de las ONGs. Ello demuestra que cuando desde el otro lado se comprueba la fuerza. la capacidad y la firmeza de las organizaciones populares, el respeto por ellas de acrecienta. 

LA DECLARACIÓN FINAL DE LA CONFERENCIA 

Sus aspectos positivos, que consideramos producto de la presión de las ONGs: receptación de las reivindicaciones de la mujer, incorporación del derecho al desarrollo como derecho humano, la necesidad de que los estados adopten medidas para evitar la impunidad de las violaciones a los derechos humanos, la reafirmación de principios sustanciales como el derecho de autodeterminación de los pueblos. Lo negativo es la falta de medidas concretas de garantías y de protección. 

ALGUNAS CUESTIONES POLÉMICAS 

Numerosas organizaciones vienen insistiendo, con apoyo de los EE.UU. y países europeos, en la necesidad de crear un Alto Comisionado para los Derechos Humanos, con dependencia directa del Secretariado General de la ONU y un Tribunal Penal Internacional para juzgar graves violaciones de los derechos humanos. Incluso han considerado como una de las frustraciones de la CMDH la falta de aprobación de tales órganos en la declaración final. Estamos convencidos de que la mayoría de los partidarios de estas iniciativas creen de buena fe en su utilidad para una protección más eficaz de las victimas de las violaciones y para terminar con la impunidad de sus autores. 

Sin embargo, creemos que se equivocan. En la actual situación internacional, por el predominio casi excluyente de los EE.UU., la ONU no ofrece garantías de ninguna especie, y tanto en la designación de quienes tendrían eventualmente tan altas responsabilidades, como en su actuación futura la supeditación a los intereses de la gran potencia genera el peligro de la discriminación de trato y la violación del principio fundamental de igualdad ante la ley. A ello hay que agregar la demostrada ineficacia -señalada también por la «Declaración de Quito», del tribunal internacional ya existente, la Corte Internacional de Justicia por el incumplimiento de sus sentencias cuando el condenado es una gran potencia (caso «Nicaragua vs Estados Unidos)>>.

Nuestra posición es que resulta indispensable fortalecer el trabajo del Centro de DDHH, el órgano más democrático de la ONU, aumentando su presupuesto que es sólo del 1 % del total de la ONU, otorgando más facultades a los relatores y grupos de trabajo, temáticos y por país. En ese contexto si se creara un cargo para dar una respuesta más rápida y efectiva frente a casos de graves violaciones, cualquiera sea el título del funcionario, consideramos que éste debe depender del Centro y responder ante éste, y no ante el Consejo de Seguridad, por razones jurídicas y políticas. 

En cuanto a las primeras, cabe señalar que el Consejo tiene facultades específicas limitadas al resguardo de la paz y la seguridad internacional, y si bien la violación sistemática de los derechos humanos puede afectarlas, se trata de situaciones excepcionales que no requieren un funcionario permanente que se coloque por encima del Centro de DDHH. En cuanto a las segundas, es evidente que en este contexto internacional, resulta más apropiado restringir las facultades del Consejo que acrecentarlas. 

Respecto a la creación del Tribunal Penal Internacional sostenemos firmemente el consenso alcanzado en la «Declaración de Quito». Al pronunciarse sobre la necesidad de estudiar la factibilidad de su creación afirma que «estructura, composición, método de elección de sus miembros, competencia y jurisdicción» deben ser «fruto de un amplio consenso de la comunidad internacional, fundado en el principio de igualdad jurídica de todos los Estados y aprobado con mayoría especial por la Asamblea General de la ONU». Esa posición se ajusta a 10 establecido por el artículo 1 08 de la Carta de la ONU, que establece una mayoría de los dos tercios de los miembros de la Asamblea General, y la ratificación por los 2/3 de los miembros del Consejo de Seguridad, incluyendo a todos sus miembros permanentes, para su modificación, indispensable para la creación de un tribunal internacional por parte de esa organización. El Consejo de Seguridad no puede crearlo. 

LA «DECLARACIÓN DE QUITO» 

Al tratar el cuadro de situación de Latinoamérica y el Caribe afirma la persistencia de «graves violaciones a los derechos humanos que en las décadas anteriores tuvieron como principales responsables a regímenes dictatoriales, y que en los últimos años se expresan a través de restringidas democracias neoliberales, bajo nuevas formas de autoritarismo que generan corrupción, violencia e impunidad. Características de estas realidades constituyeron las severas políticas de ajustes... impuestas en nuestra región que limitan sus propósitos a la restricción de los derechos laborales, reducción de los salarios y garantías sociales, y la eliminación casi total de la seguridad social y la exacción fiscal de los ingresos de los trabajadores para aumentar las rentas empresariales, abaratar los productos destinados a la exportación en beneficio de las empresas transnacionales, en el marco de una distribución internacional del trabajo, que acentúa la relación de dependencia con los países industrializados del Norte, y reduce el déficit fiscal para el pago de la deuda externa. Ello pone en peligro la sobre vivencia de los pueblos y vulnera los procesos democráticos, dado el reconocido carácter indivisible de los derechos económicos, sociales y culturales, y los civiles y políticos». Afirma que la «deuda externa, cuya ilegitimidad ha sido ampliamente demostrada, se utiliza como un instrumento para presionar decididamente sobre la política interna y externa de los Estados y forzar la adopción de medidas económicas de ajuste estructural, tales medidas que corresponden a las leyes del mercado dominado por los grandes' monopolios, afectan la autodeterminación de los pueblos y de los Estados y sacrifican la satisfacción de las necesidades populares en aras de un supuesto crecimiento económico que, cuando se produce, en nada mejora la calidad de vida de los mismos, y acrecienta la concentración de la riqueza, el desempleo, la marginalidad, el deterioro de la salud humana y del ecosistema, la agudización de la violencia y la discriminación».

A continuación denuncia como obstáculos a la realización de los derechos humanos: 

La impunidad de los responsables de políticas sistemáticas y masivas de violación a los derechos más elementales de la persona humana y de los pueblos, (mediante ocultamiento de los hechos; complicidad gubernamental, de las FF AA o policiales; amnistías e indultos; o por la deficiencia y/o corrupción judicial), adquiere un carácter dramático en nuestro continente, ya que al impedir la realización de la justicia y con frecuencia el conocimiento de la verdad, favorecen la reproducción de esos crímenes y socavan las bases del sistema democrático, rompiendo las referentes éticos de una vida solidaria y civilizada, legitimando la desigualdad jurídica de estas violaciones  

La continuidad y/o resurgimiento de prácticas regímenes autoritarios en algunas partes del continente, que violan los derechos humanos fundamentales de la persona humana y de la soberanía popular, entendida como la participación real y efectiva del pueblo en la toma de decisiones; 

La tendencia creciente y peligrosa a una concentración de poder en manos de los órganos ejecutivos de los Estados... afecta... la vigencia del Estado de Derecho; 

Los sistemas penales... son fuentes permanentes de violación a los derechos humanos... y... afectan a los sectores más pobres y discriminados de la sociedad; 

La crisis de la democracia representativa, entre otras razones, por la existencia de sistemas y prácticas electorales viciadas y el incumplimiento de los compromisos asumidos, que distorsionan la expresión de la voluntad popular, y deslegitiman a los gobernantes; 

La violación del derecho a la autodeterminación de los pueblos y de los principios de igualdad soberana de los Estados y no injerencia de un Estado en los asuntos interiores de otro, que se expresan en la agresión militar, la invasión y la ocupación territorial, la práctica de la presión económica y los bloqueos financieros, comerciales y económicos, para imponer la voluntad de un país sobre otro, y provoca cambios al interior de éste; así como la afirmación del derecho al secuestro internacional de personas para ser juzgadas al margen de la jurisdicción natural que les corresponde; 

La aplicación de criterios diferenciales para valorar violaciones de los derechos humanos por países, en función de su pertenencia a un bloqueo, región, nivel de desarrollo o modelo institucional lo que conduce a la exclusión de toda imputación a determinados Estados, a pesar de existir en ellos graves violaciones contra la población nacional, contra los derechos extranjeros, minorías étnicas o inmigrantes; asimismo el tratamiento selectivo por razones netamente políticas de situaciones de violación del derecho internacional, y trasgresión de normas de la Carta de la ONU, por parte de su Consejo de Seguridad, 10 cual se ve facilitado por el mantenimiento de la prerrogativa antidemocrática de veto de los miembros permanentes, y del número de éstos; 

La creciente desigualdad en el comercio internacional, el deterioro de los términos del intercambio en perjuicio de los países dependientes, la transferencia permanente de recursos de estos a los países industrializados, provoca que los más necesitados financien a los países llamados desarrollados, acentúan el abismo tecnológico y las diferencias de niveles de vida entre ellos; 

La permanente degradación del medio ambiente, como consecuencia de explotación irracional de los recursos naturales de los países en vías de desarrollo, de su utilización como basureros de los derechos de los países industriales, y la instalación de industrias contaminantes en su territorio y la comercialización con material genético, por parte de empresas transnacionales que generan la pérdida de soberanía y propician la mayor dependencia tecnológica; 

Hecho el diagnóstico surgen las propuestas de la ONGs. Primero reivindican: 

La generación democrática de todo poder del Estado, el respecto absoluto de la soberanía popular, el incremento de la participación individual y social en las decisiones políticas y en su ejecución, mediante el establecimiento de formas de democracia directa y semidirecta, relaciones se fundan en los principios de libertad, igualdad, solidaridad, diversidad y participación. Esto requiere, establecer mecanismos que garanticen la responsabilidad de los I las elegidos las en el cumplimiento de los mandatos de los/las electores las y su revocabilidad. 

La aplicación del derecho al desarrollo como un derecho universal e inalienable y como parte integrante de los derechos humanos fundamentales, tal como ha sido declarado por la Asamblea General de la ONU, en 1986 

LUEGO PROMUEVEN: 

La calificación como delitos internacionales de las políticas y prácticas de los Estados e instituciones, que violen el derecho a la independencia, al desarrollo y los derechos económicos, sociales y culturales; 

La solicitud por parte del ECOSOC o de la Asamblea General de la ONU, de una opinión consultivo a la Corte Internacional de Justicia, acerca de si la práctica y las políticas del FMI Y del Banco Mundial, son conformes con los fines de su creación, con la Carta de la las Naciones Unidas y otros instrumentos internacionales a cuyo cumplimiento estarían obligadas en tanto integrantes del «Sistema de las Naciones Unidas»; 

La reforma de la Carta de la ONU en lo referente a:

a) el incremento de las facultades de la Asamblea General, otorgándole la decisión exclusiva, con una mayoría especial para adoptar medidas coactivas frente a situaciones de peligro para la paz y seguridad internacional; 

b) la supresión del derecho de veto en el Consejo de Seguridad y democratización de su composición; 

Condena el terrorismo dejando a salvo que su calificación no puede ser extendida indiscriminadamente a los delitos políticos, ni al legitimo derecho de los pueblos a disentir; así como el ejercicio del uso legal de la fuerza, por parte de los Estados, debe realizarse con respeto a los derechos fundamentales, absteniéndose de recurrir a la conformación o al apoyo de grupos privados o paraestatales; 

Reafirman el legítimo derecho de los pueblos a la rebelión frente a gobiernos que grave, masiva y sistemáticamente violen los derechos humanos e impidan la libre expresión de la soberanía popular, 

FINALMENTE EXPRESAN: 

Es nuestra convicción que las propuestas formuladas contribuyen a la consolidación y el desarrollo de los derechos humanos. Su adopción por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos abrirá esperanza, tan necesaria, de alcanzar formas más elevadas de convivencia entre las personas, los pueblos y los Estados, en un orden internacional justo, respetuoso de la autodeterminación de los pueblos y la igualdad soberana de los Estados, para construir una vida digna, libre del temor y la miseria, para todos los seres humanos

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* Publicado en América Libre, Nº 4

1 ONG-Boletín informativo número 4. Elaborado por el Instituto Boltzman para los Derechos Humanos (BIM)

www.lapatriagrande.net - www.debateabierto.net

Debate Abierto: revista venezolana para la reflexión y discusión. Director responsable y fundador: Carolus Wimmer
ISSN: 1316-497X. Deposito legal: p.p. 19702DF390 - RIF: J30691967-8